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Deshacer

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Código ético y lucha
contra el fraude

En ICEX asumimos el compromiso de mantener una conducta ética y honrada, por eso contamos con un Código Ético y de Conducta y con una Declaración Institucional de Lucha contra el Fraude, ambos de obligado cumplimiento.

CÓMO FUNCIONA EL Canal de denuncias y sugerencias

Este canal, sujeto a lo establecido en la ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, tendrá carácter preferente e integrador de las denuncias e informaciones en ICEX, y tiene como objetivo la protección del informante o denunciante, por lo que estos podrán informar o denunciar por escrito, de forma confidencial o de forma totalmente anónima y verbalmente, con grabación de voz o con voz distorsionada.

El Consejo de Administración, de ICEX, en sesión celebrada el 29 de mayo de 2023, acordó nombrar como responsable del Sistema Interno de Información de ICEX a su Secretario General.

 

La política de ICEX en materia de defensa del informante, se basa en los siguientes pilares:

  • Otorgar una protección adecuada frente a las represalias que puedan sufrir las personas físicas que informen sobre posibles irregularidades.
  • Fortalecer la cultura de la información y las infraestructuras de integridad de ICEX, como mecanismo para prevenir y detectar amenazas al interés público.

 

Podrán denunciarlos informantes que hayan obtenido información sobre infracciones en ICEX en un contexto laboral o profesional, comprendiendo en todo caso:

  • Los empleados de ICEX.
  • Los autónomos.
  • Los miembros del consejo de administración y órganos directivos de ICEX.
  • Cualquier persona que trabaje para o bajo la supervisión y la dirección de contratistas, subcontratistas y proveedores de la entidad.

También podrán utilizar el Sistema Interno de Información los informantes que comuniquen o revelen públicamente información sobre infracciones obtenida en el marco de una relación laboral o estatutaria ya finalizada con ICEX, voluntarios, becarios, trabajadores en periodos de formación con independencia de que perciban o no una remuneración, así como a aquellos cuya relación laboral todavía no haya comenzado, en los casos en que la información sobre infracciones haya sido obtenida durante el proceso de selección o de negociación precontractual. Una vez recibida la información o denuncia en el Sistema Interno de Información, se redigirá la misma al Comité competente:

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Comité de cumplimiento
Código ético y de conducta
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Comité antifraude
Declaración contra el fraude
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Comisión de calidad laboral
Acoso laboral o por razón de sexo
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Comité ético
Normas reguladoras

Garantía de confidencialidad y/o anonimato:

Salvo cuando solicites expresamente lo contrario, ICEX guardará total confidencialidad respecto de su identidad, de forma que tu identidad no será revelada a persona alguna ajena al proceso de actuaciones de verificación. Asimismo, podrás presentar la denuncia de forma totalmente anónima.  

En orden a preservar el derecho a la intimidad, el honor y la propia imagen de todas las personas que participen o se vean involucradas, directa o indirectamente, en las actuaciones denunciadas o informadas, se impone la obligación de guardar reserva y confidencialidad sobre la información y documentación que sean objeto de denuncia, comunicación, a todas aquellas personas que tuvieran conocimiento de esta.

El incumplimiento de esta obligación podrá conllevar la incoación de procedimiento disciplinario de conformidad con la normativa laboral y estatutaria aplicable.

Las comunicaciones realizadas durante el procedimiento se identificarán con una referencia y pasarán a formar parte del expediente en el Sistema Interno de Información, omitiendo en dichas comunicaciones cualquier identificación de las personas implicadas.

Garantía de imparcialidad

ICEX llevará a cabo todas las actuaciones de verificación en el marco de las denuncias que se reciban con total imparcialidad.

Denuncias en organismos externos

  • Servicio Nacional de Coordinación Antifraude (SNCA)

Cualquier denuncia relacionada con la Declaración Institucional de lucha contra el fraude o con el Código Ético y de Conducta en relación con proyectos u operaciones financiados con cargo a fondos procedentes de la Unión Europea, será derivada por ICEX al Servicio Nacional de Coordinación Antifraude (SNCA) que es el órgano dependiente de la IGAE (Intervención General de la Administración Estado) dentro del Ministerio de Hacienda, encargado de coordinar las acciones encaminadas a proteger los intereses financieros de la Unión Europea contra el fraude, en colaboración con la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF).

Usted también puede notificar directamente a través del buzón del SNCA cualquier información sobre indicio de fraude.

  • Autoridad Independiente del Informante (A.I.I.)

También podrá denunciar ante la Autoridad Independiente del Informante (A.I.I.), cuando esta se constituya de acuerdo con lo establecido en la Ley 2/2023, de 20 de febrero.

Protección de datos

Las comunicaciones realizadas a través del sistema interno de información respetarán en todo caso lo regulado en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Medidas de protección frente a posibles represalias, Eximentes y Recursos

ICEX no tomará represalias contra las personas que formulen denuncias a través del Sistema Interno de Información, incluidas las amenazas de represalia y las tentativas de represalia, y aplicará las medidas de protección a los informantes establecidas en el Título VII de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, siempre que:

  • el denunciante tenga motivos razonables para pensar que la información referida es veraz en el momento de la comunicación o revelación, aun cuando no aporte pruebas concluyentes, y
  • que la información entre dentro del ámbito de aplicación de la Ley 2/2023, de 20 de febrero; y la comunicación o revelación se haya realizado conforme a los requerimientos previstos en dicha norma.

Se entiende por represalia cualesquiera actos u omisiones que estén prohibidos por la ley, o que, de forma directa o indirecta, supongan un trato desfavorable que sitúe a las personas que las sufren en desventaja particular con respecto a otra en el contexto laboral o profesional, solo por su condición de informantes, o por haber realizado una revelación pública.

Se excluyen de la protección los siguientes supuestos:

a) Cuando las denuncias hayan sido inadmitidas por algún canal interno o por alguna de las siguientes causas:

  • Que los hechos relatados carezcan de toda verosimilitud;
  • Que los hechos relatados no sean constitutivos de infracción penal, administrativa o del derecho de la Unión Europea;
  • Que la comunicación carezca de fundamento o existan indicios racionales de haberse obtenido mediante la comisión de un delito; o
  • Que la comunicación no contenga información nueva y significativa sobre infracciones en comparación con una comunicación anterior respecto de la cual han concluido los correspondientes procedimientos, a menos que se den nuevas circunstancias que justifiquen un seguimiento distinto.

b) Cuando se trate de Informaciones vinculadas a reclamaciones sobre conflictos interpersonales o que afecten únicamente al informante y a las personas a las que se refiera la comunicación o revelación.

c) Cuando se trate de Informaciones que ya estén completamente disponibles para el público o que constituyan meros rumores.

d) Cuando se trate de informaciones que se refieran a acciones u omisiones que no puedan constituir infracciones administrativas, penales o del derecho de la Unión Europea.

Preguntas frecuentes sobre el Sistema Interno de Información 

¿Dónde se regula?

Puedes encontrar su funcionamiento en la Norma de Funcionamiento del Sistema Interno de Información de ICEX de fecha 29 de mayo de 2023 y en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

¿Para qué sirve el Sistema?

ICEX ha integrado los distintos canales de denuncias en el Sistema Interno de Información, que tiene carácter preferente y es más sencillo y accesible para los informantes. A través de este canal, puedes informar sobre todo tipo de infracciones, ya sean de derecho europeo o estatal, administrativas o penales; así como sobre comportamientos que infrinjan el Código Ético y de Conducta y la Declaración Institucional de lucha contra el fraude

¿Cómo puedo informar o denunciar?

ICEX cuenta con un sistema en el que puedes denunciar o informar.

¿La denuncia tiene que cumplir algún requisito?

Que el denunciante tenga motivos razonables para pensar que la información referida es veraz.

¿Qué puedo denunciar?

Puede denunciar cualquier acción u omisión que pueda ser constitutiva de infracción administrativa o penal, o del derecho de la Unión Europea. También se podrá utilizar para la presentación de sugerencias, denuncias o reclamaciones relativas al Código Ético y de Conducta y de la Declaración Institucional de Lucha contra el Fraude de ICEX, aunque no constituyan infracción administrativa o penal

¿Quién puede denunciar?

Pueden denunciar a través de este sistema los informantes que hayan obtenido información sobre infracciones en ICEX en un contexto laboral o profesional.

No quiero que conozcan mi identidad ¿es posible?

El nuevo sistema permite que las denuncias o informaciones se puedan hacer tanto de forma confidencial como completamente anónima.

Me preocupa informar ¿voy a estar protegido?

Se prohíben las represalias o amenazas contra las personas que presenten comunicaciones.
En todo caso, se debe utilizar este canal con responsabilidad y no para denuncias infundadas. Existen una serie de supuestos, como las denuncias que carezcan manifiestamente de fundamento o verosimilitud, o las reclamaciones vinculadas a conflictos personales, en los que no se aplicarán las medidas de protección.

¿Existen otros canales externos donde denunciar?

Además de los canales ya existentes en relación con ámbitos concretos, como el Servicio Nacional de Coordinación Antifraude, la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude o el Ministerio Fiscal, la ley ha creado la Autoridad Independiente del Informante como canal externo independiente donde poder denunciar. A 12 de junio de 2023, esta Autoridad todavía no se ha constituido.

¿Qué ocurre una vez registrada una información en el sistema?

En función del contenido de la información o denuncia, se redirigirá la misma al comité competente:

  • Comité de Cumplimiento: Código Ético y de Conducta.
  • Comité Antifraude: Declaración de lucha contra el fraude.
  • Comisión de Calidad de Vida Laboral: Acoso laboral o por razón de sexo.

Los comités iniciarán una investigación y resolverán en el plazo estipulado en su normativa, siendo el plazo máximo de tres meses, ampliables en caso de especial complejidad a otros tres meses más. Será posible mantener la comunicación con la persona informante a lo largo de todo el proceso y, en su caso, solicitar información adicional durante el periodo de investigación.

¿Cómo se salvaguardan los derechos de las personas afectadas por una denuncia?

Con el objetivo de preservar el derecho a la intimidad, el honor y la propia imagen de todas las personas que se vean afectadas por una posible denuncia, se impone la obligación de guardar reserva y confidencialidad sobre la información objeto de denuncia a todas aquellas personas que tengan conocimiento de la misma. Las personas afectadas por la información tendrán derecho a que se le informe de las acciones y omisiones que se le atribuyen, y a ser oídas en cualquier momento. En cualquier caso, se repetará su presunción de inocencia y honor.

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